El inmueble tiene el Código Catastral 015 – 0006 – 0003 y está emplazado dentro del conjunto patrimonial Centro Histórico.
RESGUARDO. El Ejecutivo Municipal, en el marco de sus competencias, atribuciones y responsabilidades compartidas con el propietario de esa edificación, deberá acordar las acciones de protección, conservación, promoción y revitalización del Patrimonio Arquitectónico.
Por ello, cualquier tipo de intervención de refacción o mantenimiento deberá adecuarse a las disposiciones enmarcadas en el Anexo VIII, procedimiento para la identificación, valoración, protección y conservación del patrimonio arquitectónico y urbano. También se considerarán las determinaciones de la cartilla patrimonial para la categoría "A" y el contenido de la Ley de Uso de Suelos Urbanos (LUSU).
En la exposición de motivos de la ley municipal se menciona el artículo 302 de la Constitución Política del Estado (CPE). En el mismo se establece como competencia exclusiva de los gobiernos municipales, la promoción y conservación de cultura, patrimonio cultural, histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible e intangible municipal.
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